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Asambleístas de Ecuador analizan la figura jurídica de «error inexcusable»

El Pleno de la Asamblea Nacional tramitó en primer debate el proyecto de reformas al Código de la Función Judicial, que precisa disposiciones relacionadas con la negligencia, el error judicial, el error inexcusable, el procedimiento para la elección del presidente subrogante de la Corte Nacional de Justicia y el patrocinio legal gratuito para los graduadosLeer más

oromartv.com

17 mayo, 2018

El Pleno de la Asamblea Nacional tramitó en primer debate el proyecto de reformas al Código de la Función Judicial, que precisa disposiciones relacionadas con la negligencia, el error judicial, el error inexcusable, el procedimiento para la elección del presidente subrogante de la Corte Nacional de Justicia y el patrocinio legal gratuito para los graduados de las carreras de Derecho.

Marcela Aguiñaga, presidenta de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, ponente del informe, destacó el debate que generaron las diversas propuestas de reformas a este código, de las cuales se incorporaron las que se consideraron más adecuadas para mejorar el sistema de justicia del país.

Respecto de uno de los temas que han sido más comentados, el de la figura del error inexcusable, Aguiñaga explicó que se efectuó un estudio comparado con otros países, como España, Colombia y México, donde se aplican figuras similares, de allí que en el proyecto se define con claridad este concepto.

“Se entiende por error inexcusable, la notoria ineptitud o descuido del servidor judicial, quien al momento de cumplir sus funciones inobserva un mandato legal expreso, cometiendo una equivocación crasa de derecho, al separarse de toda interpretación admisible e imposible de justificar jurídicamente de acuerdo con las reglas de la lógica y la argumentación jurídica.”

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De esta manera, se precisa en qué consiste esta figura, que es distinta del error judicial y que acarrea una responsabilidad personal de parte del juzgador o del operador de justicia.

Así mismo, sobre la base de estadísticas presentadas por el Consejo de la Judicatura, Marcela Aguiñaga desestimó las afirmaciones en el sentido que el error inexcusable ha servido para destituir un alto número de jueces.

“Según el informe del Consejo de la Judicatura, en 2013, con un universo de 1 699 jueces, 61 fueron sancionados, es decir el 3,70 %; en 2015, con un número de 2 083 jueces, hubo 25 sancionados, correspondiente al 1.2 %, mientras en 2017, con el mismo universo de jueces, hubo solo 5 sanciones, equivalentes al 0.2 %.»

Sugerencias del debate

Luis Fernando Torres, de Tungurahua, subrayó que el error inexcusable en sí mismo, no es una figura negativa, al contrario, sirve para evitar que los jueces se sometan a la voluntad de otro u otros, para que prime el interés general, porque el juez no es un ángel, sino un ser humano con virtudes y defectos.

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Entre tanto, Franklin Samaniego, vicepresidente de la Comisión de Justicia, recordó que es deber fundamental del Estado garantizar a los ciudadanos el pleno goce de sus derechos y esta reforma busca precisamente que haya un adecuado acceso a la justicia.

Para Encarnación Duchi, de Cañar, lo fundamental es debatir sobre cómo garantizar la independencia de las funciones del Estado, una de ellas, la Judicial, porque el ideal de toda sociedad es consolidar esa independencia. “La figura del error inexcusable se ha convertido en un medio de control político para los operadores de justicia”, añadió.

Mientras, Lira Villalva, de Tungurahua, invocó a los legisladores a debatir con seriedad esta reforma y no con una visión de sesgo político, para evitar que en el país persistan normas contrarias a los derechos de las personas.

Esteban Bernal, representante de Azuay, enfatizó que el error inexcusable no es el problema, sino cómo y quiénes son los encargados de su aplicación, lo reprochable es la discrecionalidad que ha existido en la aplicación de esta figura, en los procesos disciplinarios desarrollados por el Consejo de la Judicatura.

Con este criterio coincidió la asambleísta Mae Montaño, quien subrayó que se debe debatir si es el Consejo de la Judicatura el órgano adecuado para establecer si existe o no error inexcusable en la actuación de los operadores de justicia o si lo más viable sería que el tema pase a manos de un juez de mayor jerarquía.

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Henry Cucalón, de Guayas, reiteró que el error inexcusable debe mantenerse en la legislación, pero debe ser regulad en torno al órgano más idóneo para establecerlo y, de ser el caso, sancionarlo, de manera que no sea necesariamente el Consejo de la Judicatura, que es un ente de carácter administrativo.

A criterio de Patricio Donoso, de Pichincha, el error inexcusable, la ignorancia supina o como quiera que se denomine a esta institución jurídica, “es la figura más canallesca” que existe en la legislación ecuatoriana, porque ha servido como mecanismo de castigo para quienes no han aceptado imposiciones de sus superiores o a aquellos jueces que se han negado a dejar en la indefensión a los ciudadanos.

Luego de 12 intervenciones, la primera vicepresidenta, Viviana Bonilla, declaró cerrado el debate y dispuso que el proyecto regrese a la Comisión de Justicia para que analice las observaciones, las sistematice y elabore el informe para segunda discusión.