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Barco ecuatoriano fue detenido pescando dentro de la primera milla

Controles interinstitucionales dieron como resultado la detención de los tripulantes de un barco pesquero por realizar faena presuntamente en zona protegida dentro la primera milla. En un operativo coordinado entre el Ministerio de Acuacultura y Pesca, Ministerio de Ambiente, Fuerzas Armadas y la policía UPMA una embarcación industrial fue retenida por incumplir con las leyesLeer más

oromartv.com

28 agosto, 2017

Controles interinstitucionales dieron como resultado la detención de los tripulantes de un barco pesquero por realizar faena presuntamente en zona protegida dentro la primera milla.

En un operativo coordinado entre el Ministerio de Acuacultura y Pesca, Ministerio de Ambiente, Fuerzas Armadas y la policía UPMA una embarcación industrial fue retenida por incumplir con las leyes de pesca en áreas protegidas.

El hecho se dio el viernes 25 de agosto en la caleta pesquera Engabao, provincia del Guayas, cuando Inspectores de la Subsecretaria de Pesca del MAP recibieron el aviso de parte de pescadores artesanales, quienes mencionaron que la embarcación pesquera Ángel Junior, de matrícula naval P-00-00784, se encontraba realizando actividad dentro de la primera milla náutica de reserva.

Siguiendo el protocolo, los inspectores realizaron la inspección correspondiente encontrando dentro de la embarcación 20 gavetas aproximadamente de sardina (Ophistonema libertate), además de tener los permisos de pesca y zarpe caducados.

La embarcación fue escoltada al puerto más cercano en Chanduy donde fue puesta a órdenes del fiscal, que dispuso inmovilizar la pesca obtenida fue trasladada a una planta cercana y la nave fue acoderada en Anconcito por parte de la Marina.

El artículo 247 del COIP indica “delitos contra la flora y fauna silvestres determina que la persona que cargue, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga transporte, trafique se beneficie, comercialice especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre, terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

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