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9 años de prisión por abuso sexual

Con las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales sentenció a nueve años con cuatro meses de prisión a Rodín F. Ch., por el abuso sexual perpetrado contra dos niñas, de 11 y 9 años de edad, hecho suscitado el 19 de febrero de 2023 en el cantón La Libertad, provincia de Santa Elena.

Redacción

25 enero, 2024

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Con las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales sentenció a nueve años con cuatro meses de prisión a Rodín F. Ch., por el abuso sexual perpetrado contra dos niñas, de 11 y 9 años de edad, hecho suscitado el 19 de febrero de 2023 en el cantón La Libertad, provincia de Santa Elena.

En audiencia de juzgamiento, la fiscal de la Unidad de Violencia de Género presentó como pruebas documentales, los informes investigativos realizados por la Policía Judicial, el reconocimiento del lugar de los hechos, la valoración médica y psicológica, junto a la de entorno social realizadas a las víctimas y la denuncia de la madre.

Los jueces del Tribunal Penal acogieron en su totalidad las pruebas presentadas por la Fiscalía y dictaron sentencia condenatoria y el pago de 40 salarios básicos unificados de multa y 10.000 dólares como reparación integral a las víctimas.

Los hechos investigados se suscitaron en el domicilio de las víctimas, ubicada en el cantón La Libertad, cuando estas se encontraban solas con el victimario –su padrastro–, quien las amenazó de muerte si contaban lo ocurrido.

No obstante, horas después contaron lo sucedido a su madre, quien denunció el hecho a la Policía Nacional, quienes lograron detener en flagrancia al agresor.

El ahora sentenciado presenta tres denuncias anteriores por el mismo delito en la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, en ellos, también habría abusado de los niños de diferentes relaciones que mantuvo con sus parejas.

La Fiscalía procesó este caso con base a lo dispuesto en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el abuso sexual con pena privativa de libertad de cinco a siete años las. Se aplicaron agravantes establecidas en el artículo 48 numerales 5 y 9 del mismo cuerpo legal, que incrementó en un tercio la pena impuesta.

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