Excarcelación de Jorge Glas complica el escenario judicial de Ecuador
El juez Javier Moscoso, de la Unidad Multicompetente de Santa Elena, concedió a Jorge Glas el beneficio judicial de hábeas corpus que había presentado su defensa.
10 abril, 2022
El juez Javier Moscoso, de la Unidad Multicompetente de Santa Elena, concedió a Jorge Glas el beneficio judicial de hábeas corpus que había presentado su defensa, con lo cual saldrá de la prisión de Cotopaxi, donde cumple sentencias de ocho años desde finales de 2017 por casos de corrupción.
La resolución fue notificada el sábado 9 de abril de 2022 a las 19h10, esto a pesar que la audiencia comenzó desde las 11h00, pero después fue suspendida hasta la tarde.
Edison Loaiza, abogado del exvicepresidente, aseguró que presentó el recurso luego de los motines ocurridos en la cárcel donde su defendido guarda prisión; también comentó que médicos del sistema público de atención sanitaria han confirmado que Glas se encuentra enfermo.
Para especialista Paulina Araujo asegura que el «juez con pedido de suspensión. Sorteo manual a media noche. Juez concede HC vaya a saber de qué orden de prisión, no conforme con aquello y sin competencia penal, ordena nuevas medidas cautelares, según publicó en su cuenta Twitter.
El también constitucionalista Ismael Quintana, explica a través de su cuenta Twitter: «Hábeas corpus ante juez incompetente en razón del territorio (se sabe que Glas está en Latacunga), sin acudir a la Corte Provincial (supuestamente es privación de libertad en proceso penal), y habiendo dos condenas ejecutoriadas. Disimulen alguito.»
El habeas corpus fue solicitado por la militante del movimiento correísta, Nicol Malavé Illescas, con domicilio en el cantón Santa Elena.
En cuanto se conoció la decisión judicial, la Fiscalía General de la Nación, en un comunicado estableció que: «Sin embargo, las acciones constitucionales interpuestas por el ciudadano en mención escapan de la competencia de esta institución»
La posición del Consejo de la Judicatura es que en este caso no puede intervenir y menos iniciar un proceso disciplinario contra el el juez en mención; pero que le corresponde al SNAI presentar recursos que considere pertinentes.
De su parte el Servicio de en su cuenta Twitter publicó un comunicado en que asegura: «como órgano ejecutor dentro de los centros de privación de libertad -y en estricto respeto a la independencia de funciones- acata la medida judicial relacionada al privado de libertad, J. Glas.» Horas más tarde emitió un segundo comunicado en que informa sobre la decisión de apelar la decisión judicial.
Desde la Presiden de la República también hubo un pronunciamiento: «Ante la decisión judicial que concede el habeas corpus en favor de J. Glas, manifestamos nuestro rechazo y desacuerdo jurídico, así como nuestra preocupación por el abuso de las acciones constitucionales.»
El exfuncionario mantiene una sentencia de primera instancia por el delito de peculado en el denominado caso Singue, en ese proceso fue señalado como coautor del delito y para el 11 de mayo próximo se ha definido en la Corte Nacional la audiencia de apelación en este caso.
En diciembre de 2019 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó una resolución mediante con la que otorgó medidas cautelares a favor de Glas, tras considerar que se encontraba en una situación de gravedad por sus problemas de salud.
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