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Proyecto para reactivación económica de Ecuador apunta a lo tributario

Desde esta semana inicia en la Asamblea Nacional, el análisis del Proyecto de Ley Urgente de Reactivación Económica, el documento tiene 21 artículos con reformas, el sector Productivo rechaza que las propuestas presentadas en los diálogos del Consejo Consultivo no fueron incluidas en la normativa. Las reformas sonde carácter tributario, financiero y aduanero, algunas deLeer más

oromartv.com

7 noviembre, 2017

Desde esta semana inicia en la Asamblea Nacional, el análisis del Proyecto de Ley Urgente de Reactivación Económica, el documento tiene 21 artículos con reformas, el sector Productivo rechaza que las propuestas presentadas en los diálogos del Consejo Consultivo no fueron incluidas en la normativa.

Las reformas sonde carácter tributario, financiero y aduanero, algunas de estas ya fueron anunciadas por el Presidente el pasado 11 de octubre.

El proyecto de Ley urgente de Reactivación Económica, plantea subir el impuesto a la renta (IR) para las empresas grandes, del 22 al 25%, y propone exonerar de este tributo a las nuevas microempresas durante dos años.

Además, plantea eliminar el impuesto a las tierras rurales y reducción de impuestos para ciertas firmas que suscriban contratos de inversión dentro del año siguiente a la vigencia de la ley.

Se ha cuestionado que la normativa no incluyó en su totalidad las propuestas que planteó el sector empresarial en los diálogos del Consejo Consultivo.

La proyecto de ley contiene además reformas para la devolución de impuestos a exportadores, así como el cambio en la fórmula para determinar el anticipo al impuesto a la renta.

Pero la propuesta que ha generado el debate, es la reforma sobre la deducción del impuesto a la renta a la cargas familiares. Mientras menos carga familiar tenga un contribuyente más carga tributaria acumulará.

Se establece que la persona que tenga tres o más cargas familiares, padezcan enfermedades catastróficas o que tengan al menos 30% de discapacidad podrán deducir hasta USD 14.677, es decir, 1,3 veces.

En caso de que la persona tenga dos cargas familiares USD 12.419, es decir, 1,1 vez.

Para quienes tengan una carga familiar, USD 10.161, 0,9 veces, y para quienes no posean cargas USD 7.903, alcanzando las 0,7 veces.

El límite para aquellos que perciban ingresos mensuales de hasta ocho salarios básicos (USD 3.000) será USD 14.677.

En la actualidad, un contribuyente con ingresos anuales altos puede deducir igualmente el más alto valor de gastos personales así tenga cargas o no.

El Consejo de Administración Legislativa, deberá definir qué comisión tratará el proyecto que fue remitido por el Gobierno el pasado miércoles.