Sanción a medios de comunicación privados en Ecuador genera reacciones de gremios periodísticos

Con diez salarios básicos (USD 3.754.00), fueron sancionados siete medios de comunicación acusados de censura previa, al no haber difundido información publicada por el diario argentino Página 12, que señalaba al excandidato presidencial Guillermo Lasso de supuesto enriquecimiento, a través de la creación de 49 empresas offshore. Las audiencias de juzgamiento realizadas por la Supercom seLeer más

oromartv.com

23 abril, 2017

Con diez salarios básicos (USD 3.754.00), fueron sancionados siete medios de comunicación acusados de censura previa, al no haber difundido información publicada por el diario argentino Página 12, que señalaba al excandidato presidencial Guillermo Lasso de supuesto enriquecimiento, a través de la creación de 49 empresas offshore.

Las audiencias de juzgamiento realizadas por la Supercom se celebraron del 11 de abril al 17 de abril, debido a una motivación del ‘Observatorio ciudadano por una comunicación de calidad’; la denuncia la suscribió Viviana Paredes, exasesora del titular de la Supercom Carlos Ochoa, quien en el escrito presentado aseguró que “esta información debió ser considerada de relevancia pública de acuerdo al artículo 7 de la Ley de Comunicación, pues puede ser decisiva para los electores ecuatorianos”.

El Superintendente de Comunicación Carlos Ochoa, anunció la sanción contra los medios de comunicación La Hora, El Universo, El Comercio, Expreso, Teleamazonas, Televicentro y Ecuavisa, por incurrir en censura previa al no publicar artículo de medio argentino.

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El funcionario indicó que “todo el país observó, en la pasada campaña electoral, que todos los medios tuvieron la más amplia libertad para publicar su información”.

Sobre el caso de Página 12, el Superintendente dijo que la información del diario argentino hablaba sobre el patrimonio de uno de los ex candidatos a la Presidencia de la República del Ecuador; además criticó que se haya dado paso a la demanda, desconociendo que la LOC impone en su artículo 56, literal 2 que atienda, investigue y resuelva las denuncias o reclamos formulados por los ciudadanos.

El artículo referente a la censura previa, habla de cubrir y difundir hechos de interés público.
Ocho, además, señaló que se sanciona a los medios con 10 salarios básicos y se los motiva a mejorar sus prácticas periodísticas.

La información sigue luego del vídeo

Sobre esta situación, la Sociedad Interamericana de Prensa denunció el jueves 20 de abril de 2017 en un comunicado «el uso de la ley orgánica de comunicación de Ecuador como arma de persecución en contra de los medios de comunicación».

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Por su parte, Roberto Rock, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, denunció que, «una vez más, se observa como la ley mordaza es usada como una celada para entrometerse en los contenidos y criterios editoriales de los medios».

Representantes de unos de los medios acusados La Hora, el editor general Luis Eduardo Vivanco y el abogado defensor Santiago Guarderas, en la correspondiente audiencia aseguraron que el Observatorio no puede obligar al periódico a convertirse en “promotores ilegítimos en contra de una candidatura presidencial”.

«Exigir eso a La Hora implicaría no solo violar la ética periodística o el código deontológico del Diario, sino infringir el Código de la Democracia, la Ley de Comunicación, la Constitución y la sentencia 0314 de la Corte Constitucional, pues todas ellas obligan a los medios de comunicación a que la información que publiquen sea veraz, contrastada y verificada.» aseguró el jurista.

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