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Ecuador: comisión legislativa recaba aportes para el proyecto de Código de Comercio

El Asamblea Nacional de Ecuador trabaja para dar trámite a las últimas leyes de su actual período legislativo y una de ellas es el Código de Comercio. Según publicó diario El Universo, la presidenta de la Asamblea Gabriela Rivadeneira, aseguró que han cumplido con el 95% de la agenda prevista, que en los días queLeer más

oromartv.com

27 abril, 2017

El Asamblea Nacional de Ecuador trabaja para dar trámite a las últimas leyes de su actual período legislativo y una de ellas es el Código de Comercio.

Según publicó diario El Universo, la presidenta de la Asamblea Gabriela Rivadeneira, aseguró que han cumplido con el 95% de la agenda prevista, que en los días que quedan de este periodo se evacuarán en primero o segundo debate los códigos Administrativo, Comercio y Salud.

Sobre este cronograma, la Comisión de Régimen Económico analizó las propuestas que presentaron distintas entidades al libro VI del Código de Comercio.

La comisión recibió entre otros aportes de los voceros de la Cámara de Comercio de Guayaquil Teresa Nuques y Roxana Chang; pero también de la Asociación de Empresas Aseguradoras.

Los asambleístas precisaron que el seguro es un contrato mediante el cual una de las partes, el asegurador, se obliga, a cambio del pago de una prima, a indemnizar al asegurado o a su beneficiario, por una pérdida o daño producido por un acontecimiento incierto; o, a pagar un capital o una renta, si ocurre la eventualidad prevista en el contrato.

El asambleísta Galo Borja, autor del proyecto, indicó que en este libro se incorporan términos y definiciones a las distintas pólizas y contratos de seguros; posibles siniestros a ser cubiertos por las compañías; la obligatoriedad de expresar claramente los riesgos de seguros; se incrementa las obligaciones de agentes de seguros con respecto a transferencia de primas cobradas a aseguradoras.

En análisis del tema se advirtió que son elementos esenciales del contrato de seguro: el nombre del asegurador así como del solicitante; el interés asegurable; el riesgo asegurable; la prima o precio del seguro; la obligación del asegurador de efectuar el pago del seguro en todo o en parte, según la extensión del siniestro y el monto asegurado o el límite de responsabilidad del asegurador.

Los parlamentarios analizaron la propuesta de la Asociación de Compañías de Seguros del Ecuador que plantea que el contrato de seguro se entiende perfeccionado desde el momento en que el asegurador, a través de la política o carta de cobertura, expresa por escrito su aceptación a la propuesta escrita de celebrarlo, sea que esta se haya formulado directamente por el solicitante o por alguien en su nombre.

 

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