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Gobierno de Ecuador justifica porqué no se abrió expediente contra barco chino

El Gobierno de Ecuador justificó las razones por las que no se abrió un expediente en contra del barco chino que fue capturado mientras realizaba faenas de pesca en Galápagos e informó que se convocará al embajador del país asiático para que de explicaciones. Según un comunicado del Ministerio de Acuacultura y Pesca, el Art.Leer más

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21 agosto, 2017

El Gobierno de Ecuador justificó las razones por las que no se abrió un expediente en contra del barco chino que fue capturado mientras realizaba faenas de pesca en Galápagos e informó que se convocará al embajador del país asiático para que de explicaciones.

Según un comunicado del Ministerio de Acuacultura y Pesca, el Art. 56 de la CONVEMAR (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar), determina que en la Zona Económica Exclusiva el Estado tiene Derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales.

Por su parte, el artículo 57 del mismo cuerpo legal establece que La zona económica exclusiva no se extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, quiere decir que de mar territorial tenemos 12 millas y hasta 188 de ZEE.

Por otro lado, el artículo 90 establece que todos los Estados, sean ribereños o sin litoral, tienen el derecho de que los buques que enarbolan su pabellón naveguen en la alta mar, sin perjuicio de poder establecer medidas para la conservación de los recursos vivos en Alta Mar como es el caso de la CIAT. (Art. 117 Y 118 COMVEMAR).

Sobre la potestad sancionadora de la administración pública para iniciar los expedientes administrativos y sancionar a las personas que cometen infracciones en el mar territorial ecuatoriano y la zona económica exclusiva, la tiene por regla general el Ministerio de Acuacultura y Pesca.

Por excepción, la Ley Orgánica del Régimen Especial Galápagos, establece que el Ministerio del Ambiente, a través de su unidad administrativa desconcentrada, tiene la jurisdicción y competencia dentro de las áreas protegidas de Galápagos, esto incluye la capacidad de conocer, tramitar y sancionar las infracciones administrativas según lo establece el Art. 21 y 86 de dicha Ley.

Por esta razón el Ministerio de Acuacultura y Pesca no abrió un expediente por el buque chino capturado la semana pasada, sin perjuicio de ello, se coordinó con el Parque Nacional Galápagos y el Ministerio del Ambiente para que una vez terminado el proceso administrativo, se proceda en derecho para que se oficie a esta cartera de estado, a fin de que dicha embarcación que realizaba pesca ilegal se la incluya en el registro nacional e internacional de embarcaciones que realizan pesca ilegal.

El Ministerio de Acuacultura y Pesca informa que la embarcación china (FU YAB YU LENG 999), no tenía ni autorización ni permiso de pesca, emitida por el Estado Ecuatoriano y por ello, entre otras infracciones, como realizar actividad en áreas protegidas y sobre recursos en peligro de extinción, se considera la actividad de dicha embarcación como pesca ilegal.

Esta cartera de Estado informa que se han mantenido reuniones de trabajo con el Ministerio de Defensa, Ministerio de Ambiente y la DIRNEA desde el primer día de esta administración el 24 de mayo de 2017, con la finalidad de potencializar el resguardo de nuestros recursos en nuestro mar territorial y zona económica exclusiva, y rechaza de forma categórica cualquier comentario en relación que en el Gobierno del Presidente Lenin Moreno exista alguna instrucción de permisibilidad sobre embarcaciones chinas o de cualquier nacionalidad que no estén debidamente formalizadas por esta cartera de Estado.

El Ministerio de Acuacultura y Pesca, informa que en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, se convocará para la próxima semana al Embajador de China en Ecuador, con la finalidad de pedir explicaciones sobre este suceso.

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