Ecuador exigirá visa de tránsito a ciudadanos de 45 países: conoce los motivos y a quiénes afecta
El Gobierno ecuatoriano ha decidido establecer un nuevo requisito migratorio: la visa de tránsito para ciudadanos de 45 países. Esta disposición no solo busca ordenar el flujo migratorio, sino también reforzar la seguridad del país.

9 junio, 2025
El anuncio fue realizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores el domingo 8 de junio, como parte de una reforma que se alinea con los recientes cambios a la Ley Orgánica de Movilidad Humana. La medida aplicará únicamente a ciudadanos que ya necesitaban una visa para ingresar a territorio ecuatoriano, como es el caso de nacionales de Cuba, Haití y Venezuela.
Con esta decisión, Ecuador endurece su política migratoria al exigir una visa específica incluso para quienes solo planean pasar por el país de forma temporal, por ejemplo, en escalas aéreas.
Publicidad
Según la Cancillería, esta visa de tránsito permitirá estadías máximas de hasta 10 días en el país, y se activará oficialmente cuando el presidente Daniel Noboa firme el decreto ejecutivo que modifique el reglamento de la Ley. Hasta ese momento, el requerimiento no estará vigente.
Además, la medida se enmarca en un contexto de creciente preocupación por el uso del territorio ecuatoriano como punto de tránsito irregular hacia otros destinos, particularmente hacia Estados Unidos.
La lista de países cuyos ciudadanos deberán solicitar esta nueva visa, en total, son 45, todos con antecedentes de restricciones previas para su ingreso a Ecuador.
- Afganistán
- Albania
- Angola
- Bangladesh
- Camerún
- Chad
- China (República Popular)
- Costa de Marfil
- Cuba
- Egipto
- Eritrea
- Etiopía
- Filipinas
- Gambia
- Ghana
- Guinea
- Guinea Bissau
- Haití
- India
- Irak
- Irán
- Kenia
- Kirguistán
- Libia
- Mali
- Mauritania
- Myanmar
- Nepal
- Nigeria
- Pakistán
- República del Congo
- República Democrática del Congo
- República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte)
- Senegal
- Sierra Leona
- Somalia
- Sri Lanka
- Sudán
- Sudán del Sur
- Siria
- Tayikistán
- Uzbekistán
- Venezuela
- Vietnam
- Yemen
Actualmente, el reglamento migratorio ya contempla la figura del transeúnte, que permite el ingreso temporal por motivos de conexión o paso, pero esta nueva categoría apunta a diferenciar con mayor claridad entre turismo, tránsito y migración definitiva.
Publicidad
Aunque aún no se han detallado los requisitos formales para obtener esta visa, la Cancillería aseguró que los lineamientos serán anunciados una vez que el decreto presidencial sea publicado en el Registro Oficial.